
Por: Yuliesky Amador Echevarria
No obstante, si bien llevar esos Derechos a la Carta Magna trae consigo la obligación de su observancia y cumplimiento por toda la sociedad y que a su vez se regulen dentro de otras Normas, es indudable que aún persisten a nivel social prejuicios en relación a algunos temas o incluso, reducidos hacia algunos grupos.
Tal es el caso de conductas dirigidas a las personas transgénero o hacia aquellas portadores del Virus de Inmunodeficiencia Humano (VIH).
Entre las causas que agudizan la epidemia de VIH, en particular en los grupos de población clave, se encuentran la estigmatización y la discriminación, la desigualdad de género y la violencia en todas sus manifestaciones. Estos factores limitan el acceso adecuado a los servicios de salud, la forma en que se prestan estos servicios y la eficacia de los mismos.
Como sociedad no escapamos a obstáculos e inequidades que frenan el acceso de las poblaciones clave a los servicios de VIH, favorecen la persistencia de desigualdades de género, incrementan la condición de vulnerabilidad social de dichos grupos colocándolos en mayor riesgo frente a las Infecciones de Transmisión Sexual.
En este sentido, la respuesta al VIH en Cuba ha sido concebida desde un enfoque de derechos humanos, por tanto, todas las acciones tienen como centro a las personas y sus derechos. Es por ello que el tema jurídico constituye una herramienta facilitadora de la misma.
El Plan Estratégico Nacional para la Prevención y Control de las ITS, el VIH y las hepatitis, prevée contribuir a la disminución de las actitudes discriminatorias hacia las personas que viven con el VIH y los niveles de violencia hacia las mujeres y grupos de población clave.
Para ello, en articulación con las redes de poblaciones clave, promueve la provisión de Servicios de Orientación Jurídica (SOJ) para la denuncia de manifestaciones de violencia, estigma y discriminación; donde se ofrezca información, derivación, asesoramiento y representación jurídica en relación con el VIH, género, orientación sexual e identidades de género.
¿Qué son los Servicios de Orientación Jurídica?
Los Servicios de Orientación Jurídica están dirigidos fundamentalmente a personas de grupos de población clave en la respuesta cubana al VIH, entendiéndose por tales: conjuntos de personas que debido a una serie de prácticas específicas y condicionantes estructurales, presentan mayor riesgo de infección por el VIH (Personas transgénero, Hombres que tienen sexo con Hombres, personas que viven con VIH y Personas que practican sexo transaccional).
Estos grupos suelen afrontar barreras de diverso índole relacionadas a tales prácticas y condicionantes que acentúan su vulnerabilidad a la infección por el VIH y otras Infecciones de Transmisión Sexual. Lo anterior no implica que otras personas en situación de vulnerabilidad de derechos, o con inquietudes o demandas relacionadas a los temas de interés del SOJ, y que acudan al mismo, dejen de ser igualmente atendidas u orientadas.
Desde finales de 2021 se potencian con fuerza los Servicios por parte del Ministerio de Salud Pública a través de PROSALUD y especialistas en Derecho sensibilizados con el tema.
Están legitimados mediante Resolución Ministerial No. 56 del 8 de marzo de 2019. Tienen su reflejo o continuidad en las instancias provinciales y municipales como escenario para la solución y gestión de los asuntos que se ventilan en ellos. El SOJ se articula de forma vertical contando con una estructura central, el cual se erige como la máxima instancia metodológica para la orientación y control de las diferentes acciones en sus instancias de subordinación en las provincias y municipios.
La atención que a partir de los Servicios de Orientación Jurídica se brinda a los grupos de población clave en la respuesta al VIH, deben estar basados en el acceso no discriminatorio para todos, el respeto y protección del consentimiento informado, la confidencialidad y el derecho a la intimidad de las personas, lo cual incluye resultados de pruebas médicas, tratamientos y servicios de salud en general que se requieran u ofrezcan a la par, así como la no utilización de métodos, términos o referencias y realización de acciones que afecten en su dignidad a las personas o propicien y sugieran un trato diferente.
¿De qué forma se accede a estos servicios?
Los SOJ se encuentran ubicados en los centros de higiene, epidemiología y microbiología de todas las provincias del país. Se ofrecen por un Equipo Coordinador formado con las metodologías y habilidades profesionales que le permiten responder a las distintas situaciones que se les planean. Están altamente comprometidos con la labor que realizan y sensibilizados con temas como violencias, género, VIH, derechos humanos, entre otros.
Las vías mayormente generalizadas que se han identificado a partir del trabajo de los SOJ para la recepción y atención de los asuntos de interés, son la solicitud personal con o sin cita previa, el Correo Postal, la entrega en propia persona de carta o asunto, derivaciones de las comisiones, organismos e instituciones, servicios asistenciales, servicios de Línea Ayuda y los Servicios de Consejería, así como a través de los medios electrónicos al alcance.
Los Servicios de Orientación Jurídica facilitan la concreción y realización de derechos como el de la salud, al identificar las barreras estructurales que limitan el acceso a los mismos, dotando a las poblaciones claves y a los prestadores profesionales de servicios de salud, a las redes de la sociedad civil de las herramientas necesarias para la eliminación de las mismas, así como también facilitan la consecución del principio de acceso a la justicia en tanto, mediante la orientación oportuna las personas pueden hacer uso de los mecanismos legales que existen en la sociedad cubana y son legitimados por el orden constitucional vigente para reivindicar sus derechos en caso de vulneraciones.
¿Qué asuntos le resultan de interés?
Hoy día, se mantiene el desafío de eliminar la naturalización de las discriminaciones basadas en normas socioculturales y desconstruir estereotipos sexistas que están en la base de la reproducción de las desigualdades de género y la vulneración de derechos de las personas pertenecientes a los grupos de población clave.
En este contexto, los SOJ constituyen una forma de acompañar a las personas mediante la orientación jurídica en el proceso para la restitución de sus derechos, ya que una vez resuelto su interés, se encuentra en mejores condiciones para acceder a los servicios de prevención, tratamiento y atención para el VIH disponibles en el país.
Los asuntos, que en principio resultan de interés primordial y requieren de la inmediata atención en los SOJ, son la discriminación por condición serológica positiva al VIH u otras ITS, el estigma social asociado a las personas con VIH u otras ITS, la violencia de género en cualquiera de sus manifestaciones, con especial énfasis en la basada en género.
De igual forma cualquier otra situación que afecte la atención de salud o la calidad de vida de dichas poblaciones en el marco de la aplicación del Plan Estratégico Nacional, así como temáticas generales que afectan la calidad de vida de las poblaciones clave en relación al VIH.
¿Quiénes ofrecen estos servicios y cuáles son sus formas de atención?
Los Servicios de Orientación Jurídica (SOJ) se ofrecen por un equipo Coordinador integrado por un jurista, quien es responsable del servicio, un gestor/a de género y derechos, un psicólogo/a y un trabajador social.
Para integrar el equipo coordinador en cada instancia se deben cumplir como requisitos tener experiencias en temas relativos a la infección por el VIH, las hepatitis y otras ITS, la adherencia al tratamiento, nociones básicas de consejería, género, diversidad sexual, violencia, incluida la basada en género.
De igual forma no tener prejuicios hacia la diversidad sexual ni actitudes discriminatorias o acciones homo-lésbo-transfóbicas. A esto se suma cumplir con los principios éticos, guardar la debida discreción sobre los asuntos que se pongan en su conocimiento y habilidades para la comunicación, entre ellas saber escuchar, uso de códigos comprensibles y empatía.
Las formas en las que se garantiza la atención en los Servicios de Orientación Jurídica son la Orientación cara a cara, a partir de un proceso de entrevista. Esta consiste en ofrecer al usuario/a la ruta de solución a su problemática concreta, a partir de la explicación, descripción, información de los posibles mecanismos y procedimientos legales que permiten la satisfacción de su interés.
El análisis de cartas o documentos es otra de las vías, consistente en el análisis del contenido de las cartas que envían las personas, contentivas de una problemática que requiere atención legal, relacionada con vulneraciones de derechos.
Integran también las formas de atención, el acompañamiento institucional, brindando apoyo a los solicitantes en los procesos y gestiones a las que conlleve la solución jurídica de su problemática, siempre que se relacione con los asuntos de interés del SOJ, a partir de la elaboración de avales, informes o recomendaciones científicas, dirigidas a las instituciones o decisores del asunto en cuestión.
Implica además crear alianzas y estrategias con instituciones para derivaciones o trazar estrategias de atención conjunta, o que implica la identificación de personas, funcionarios o especialistas en dichas instituciones, además de formar capacidades a funcionarios de organismos y decisores en temas de derechos, género, estigma, discriminación y en general otros temas jurídicos de interés.
La Atención a solicitudes de Observatorios y redes de poblaciones clave forma parte también de esta lista, la cual consiste en el monitoreo (sistematización, evaluación y seguimiento) de las distintas problemáticas sociales, en este caso, las relacionadas con el SOJ, mediante el registro de las demandas que se identifiquen en los sitios virtuales creados, permitiendo inferir tendencias, asuntos más frecuentes, las causas más comunes de la vulneración de derechos entre otros.
Su vínculo con otras Instituciones jurídicas
Los Servicios de Orientación Jurídica para nada entran en contradicción o sustituyen la labor de enfrentamiento al tema de la No Discriminación y restitución de Derechos vulnerados que se lleva a cabo por Instituciones y órganos del Estado.
Son un complemento al trabajo de estas, sirviendo de puente entre las personas a las que se le han vulnerado derechos y ellas. De igual forma el SOJ, al contar con un Jurista y estar insertado dentro de una institución de salud, es respetuosa de la Constitución y las Leyes.
Para entender mejor qué es el estigma asociado a las personas con VIH u otras ITS
Lo anterior no es más que la condición, atributo, rasgo o comportamiento indebidamente atribuido a las personas por condición seropositiva al VIH, o ITS, que hace que la persona a quien se refiere sea incluida en una categoría social hacia cuyos miembros se genera una respuesta negativa y se les ve como inaceptados o inferiores.
Se asocia a expresiones lacerantes que hacen referencia a generalizaciones relacionadas con la depravación, asimilaciones con conductas homosexuales, entre otras y pueden provenir de cualquier persona, organismo y organización.