
Tribunal Supremo Popular de la República de Cuba. Foto: Archivo/ Cubadebate.
En medio de la creciente preocupación ciudadana expresada tanto en redes sociales como en conversaciones públicas, el Tribunal Supremo Popular de Cuba ha emitido un pronunciamiento en su función de ejercer justicia en nombre del pueblo.
Recientemente, han salido a la luz confesiones sobre diversos hechos que han afectado sectores esenciales, como el transporte, la aviación, las ambulancias, los grupos electrógenos, los paneles solares y las telecomunicaciones. Estos eventos comprometen bienes estratégicos en los que el país ha invertido significativos esfuerzos para garantizar servicios vitales a la población.
Las autoridades han señalado que algunos de los responsables han sido presentados ante los tribunales por diversos delitos, lo que ha generado respuestas de la ciudadanía y preocupación entre los trabajadores de los sectores afectados. En este contexto, el Consejo de Gobierno, haciendo uso de las facultades otorgadas por el artículo 148 de la Constitución y el artículo 29 de la ley 140 de los tribunales de justicia, ha determinado que estas conductas constituyen un delito de sabotaje.
El artículo 125 del Código Penal establece sanciones de entre 7 y 15 años de privación de libertad para quienes incurran en este delito, mientras que el artículo 126 prevé penas agravadas de hasta 30 años, cadena perpetua o incluso la pena de muerte en casos donde se ponga en peligro la vida de las personas o la seguridad colectiva. Además de la privación de libertad, la legislación contempla sanciones accesorias, como la confiscación de bienes, restricciones de movilidad y la obligación de reparar los daños causados.
El dictamen del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular reafirma el compromiso de aplicar la ley con severidad ante estos hechos, garantizando una respuesta contundente y ajustada al ordenamiento jurídico vigente.
(Con información del NTV)