Alistan discusión del Anteproyecto del Código de Trabajo

La Ley #116 Código de Trabajo de 2013 constituyó una norma que en su momento recopiló dispersión jurídica del mundo del derecho al trabajo, y la convirtió en una norma actual y de uso constante por operadores jurídicos, empleadores y trabajadores.

Por: Naylet Hernández Blanc (colaboradora)

Sin embargo, los cambios y transformaciones de la vida socioeconómica cubana a partir de 2020 evidenciaron la necesidad de un cambio en la legislación, pues lo que fue viable como norma sustantiva no responde a la realidad y precisa de actualización.

La renovación en correspondencia con el Estado democrático cubano conlleva desde este 8 de septiembre y hasta el 30 de noviembre del presente año un importante proceso de consulta y discusión por sus principales protagonistas: los trabajadores en sus colectivos laborales.

A propósito, la Agencia Cubana de Noticias conversó con el Karel Feria Galbán, abogado en ejercicio de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos y vicepresidente del Capítulo de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Unión Nacional de Juristas de Cuba en la provincia, quien explicó que en la actual realidad cubana es una ley que necesita actualizarse.

Resulta pertinente una norma capaz de adaptarse a todo sin inclusión alguna y aportar una ley que pueda dar respuestas a las problemáticas que en el mundo de las relaciones de trabajo existen, dijo.

De las novedades de este Anteproyecto del Código de Trabajo resaltó que en su totalidad es novedoso, pues existen aspectos con un carácter actual con respecto al anterior, como su ámbito de aplicación que se extiende a todos los trabajadores sin importar si laboran en el sector público o privado, obligando a cualquier empleador a cumplir la ley.

Hay un cuestionamiento acerca de la protección contra la discriminación por embarazo, el principio de capacidad en el que deja de hablarse la idoneidad demostrada y se sustituye por el de capacidad demostrada, el reconocimiento del teletrabajo, la nueva edad laboral mínima, que es de 17 a 18 años, son algunos aspectos recogidos en el anteproyecto.

Asimismo, está la inclusión de la gestión de la seguridad y salud en el trabajo y se restablece el órgano consultor denominado Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. Expresó que se fundamenta en la Constitución de la República de Cuba vigente desde el 2019 y se alinea con los convenios de la Organización Internacional del Trabajo, suscritos y ratificados.

El también vicepresidente del Capítulo de Derecho de Trabajo y Seguridad Social de la Unión de Juristas en esta sur oriental provincia, Karel Feria, refirió que es de vital importancia este proceso, pues es un ejercicio de consultas en el cual cada trabajador ha efectuado un estudio previo a la discusión y descubra lo actual de la futura norma, y a partir de ahí pregunte sus dudas, solicite la modificación, admisión y eliminación de lo que considere inoperante.

Las reuniones de consulta y discusión del Anteproyecto del Código de Trabajo constituye un ejercicio democrático de participación que en Santiago de Cuba se inicia por el colectivo del Tribunal Popular Provincial.

Agencia Cubana de Noticias

Agencia con cobertura nacional de la República de Cuba.

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